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Guía prácticaInversión extranjera e inmuebles · México · Progreso, Yucatán

Comprar una propiedad en Progreso siendo extranjero: zona restringida y fideicomiso

La ubicación costera de Progreso activa reglas federales especiales. La estructura cambia según quién compra y si el inmueble tendrá uso residencial o no residencial.

Por qué Progreso exige una revisión especial

La Ley de Inversión Extranjera define como zona restringida la franja de 50 kilómetros a lo largo de las playas y 100 kilómetros junto a las fronteras. Por su ubicación costera, una compra en Progreso debe revisarse bajo estas reglas antes de firmar. Para una persona extranjera, esto no equivale a una prohibición absoluta de usar o aprovechar el inmueble, pero sí impide asumir que puede adquirir el dominio directo como lo haría una persona mexicana.

Vivienda para una persona extranjera: la ruta del fideicomiso

Cuando el inmueble en zona restringida tendrá fines residenciales y el beneficiario es extranjero, la Secretaría de Relaciones Exteriores explica que se utiliza un fideicomiso: una institución de crédito actúa como fiduciaria y el permiso permite a la persona extranjera usar y aprovechar el bien. El contrato debe constar en escritura pública. La ley establece una duración máxima de 50 años y permite solicitar su prórroga; esto no significa que el banco sea el comprador económico de la vivienda.

Una sociedad mexicana y un uso no residencial siguen otra ruta

La regla cambia para una sociedad mexicana con cláusula de admisión de extranjeros que adquiere en zona restringida un inmueble destinado a actividades no residenciales. El artículo 10 de la ley permite el dominio directo, pero exige avisar la adquisición a la Secretaría de Relaciones Exteriores dentro de los 60 días hábiles siguientes. Por eso, comprar para vivienda, operar un negocio y adquirir mediante sociedad no deben tratarse como escenarios equivalentes.

Qué definir antes de comprometer la operación

Antes de entregar anticipos, conviene precisar la nacionalidad y calidad del comprador, el uso real del inmueble, la estructura de adquisición y su ubicación exacta; además, revisar título, folio registral, situación catastral y gravámenes. La notaría puede coordinar la escritura y los documentos aplicables, mientras que la institución fiduciaria tramita el permiso correspondiente cuando procede. No debe anunciarse una tarifa o plazo total sin revisar el expediente, el banco y las reglas vigentes.

Licenciado en Derecho Rolando Alberto Bello MejiaTitular de la Notaría Pública 113Progreso, Yucatán.

Fuentes consultadas

Información orientativa. Los requisitos, costos y efectos de cada acto se determinan al revisar el caso y la normativa aplicable.

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