Separar el uso y disfrute de un inmueble de su propiedad.

Servicio notarial
Constitución y extinción de usufructo en Progreso, Yucatán
Separar el uso y disfrute de un inmueble de su propiedad. Consulta la documentación inicial y la procedencia de la intervención notarial.
En qué consiste
Una ruta clara para alcanzar tu objetivo.
Se revisan la duración, los beneficiarios y las obligaciones de conservación. Para extinguirlo se debe acreditar la causa y revisar el asiento registral.
El alcance y la documentación se determinan por el acto que se pretende formalizar y sus antecedentes. Consulta las fuentes oficiales al final de esta página.
Separar el uso y disfrute de un inmueble de su propiedad.
Cuándo puede ayudarte
Este servicio puede ser adecuado si…
Personas o representantes que necesitan revisar los antecedentes antes de iniciar
Alcance del servicio
Qué comprende este servicio.
Revisión del caso
Se revisan la duración, los beneficiarios y las obligaciones de conservación. Para extinguirlo se debe acreditar la causa y revisar el asiento registral.
Integración documental
Título del inmueble y documento del usufructo o causa de extinción
Definición de la vía
Se confirma el alcance notarial, las autorizaciones y los trámites que correspondan al caso.
Documentación inicial
¿Qué se necesita?
La lista definitiva se confirma después de revisar el caso. Estos son los documentos e información que normalmente permiten iniciar la integración:
Documentación inicial para este trámite
- Identificación oficial vigente de comparecientes y, en su caso, poderes y documentos corporativos que acrediten representación
- Título o antecedente de propiedad y datos de inscripción o folio del inmueble
- Información catastral y plano; predial y agua o constancias que correspondan al municipio
- Estado civil y régimen matrimonial del propietario; actas cuando sean necesarias
- RFC, CURP y documentación fiscal o de beneficiario controlador cuando resulte aplicable
- Título del inmueble y documento del usufructo o causa de extinción
Ruta de atención
¿Cómo se realiza?
- 01
Definir titular de la propiedad y usufructuario, duración y alcance
- 02
Revisar título y los derechos u obligaciones sobre el inmueble
- 03
Preparar condiciones de uso, conservación y forma de constitución
- 04
Formalizar e inscribir el derecho cuando proceda
- 05
Para extinguirlo, acreditar la causa y tramitar la cancelación registral
Preguntas frecuentes
Dudas sobre constitución y extinción de usufructo.
Respuestas prácticas para preparar tu solicitud. La revisión del expediente determinará lo aplicable a tu caso.
¿Puedo conservar el uso al transmitir la propiedad?
Puede evaluarse una reserva de usufructo, con definición expresa de su alcance y revisión del caso.
¿Qué determina el costo y el plazo?
El alcance, documentos, participantes, autorizaciones y trámites posteriores. Se confirma después de revisar el expediente; no hay un plazo o precio único.
¿El usufructuario se convierte en dueño?
No. Tiene un derecho real temporal de disfrute sobre bienes ajenos, conservando forma y sustancia, según el artículo 804. La nuda propiedad y el usufructo deben distinguirse en el título.
¿Cómo se cancela un usufructo vitalicio por fallecimiento?
Se presenta acta de defunción y el título donde consta el usufructo, y se revisa su redacción y si existen varios beneficiarios o derechos de acrecer. La actualización registral requiere el documento y trámite procedentes; no se presume que todos los usufructos tengan el mismo efecto.
Fuentes oficiales
Consulta el fundamento y los trámites aplicables.
Revisión documental: 12 de octubre de 2026. La lista inicial ayuda a preparar el expediente; los requisitos y el alcance se confirman con los documentos del caso.
- Código Civil del Estado de Yucatán
Artículos 804–869: derechos, obligaciones y extinción; artículo 2172 sobre registro
Atención según tu caso
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