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Servicio notarial

Permuta de inmuebles en Progreso, Yucatán

Intercambiar propiedades y documentar cualquier diferencia de valor. Consulta la documentación inicial y la procedencia de la intervención notarial.

En qué consiste

Una ruta clara para alcanzar tu objetivo.

Se revisan los títulos de ambos inmuebles, los gravámenes y las condiciones del intercambio. Cada transmisión puede tener efectos fiscales propios.

El alcance y la documentación se determinan por el acto que se pretende formalizar y sus antecedentes. Consulta las fuentes oficiales al final de esta página.

Objetivo del trámite

Intercambiar propiedades y documentar cualquier diferencia de valor.

Cuándo puede ayudarte

Este servicio puede ser adecuado si…

Intercambiar propiedades y documentar cualquier diferencia de valor.

Personas o representantes que necesitan revisar los antecedentes antes de iniciar

Alcance del servicio

Qué comprende este servicio.

Revisión del caso

Se revisan los títulos de ambos inmuebles, los gravámenes y las condiciones del intercambio. Cada transmisión puede tener efectos fiscales propios.

Integración documental

Títulos y documentación registral y catastral de ambos inmuebles

Definición de la vía

Se confirma el alcance notarial, las autorizaciones y los trámites que correspondan al caso.

Documentación inicial

¿Qué se necesita?

La lista definitiva se confirma después de revisar el caso. Estos son los documentos e información que normalmente permiten iniciar la integración:

Documentación inicial para este trámite

  • Identificación oficial vigente de comparecientes y, en su caso, poderes y documentos corporativos que acrediten representación
  • Título o antecedente de propiedad y datos de inscripción o folio del inmueble
  • Información catastral y plano; predial y agua o constancias que correspondan al municipio
  • Estado civil y régimen matrimonial del propietario; actas cuando sean necesarias
  • RFC, CURP y documentación fiscal o de beneficiario controlador cuando resulte aplicable
  • Títulos y documentación registral y catastral de ambos inmuebles

Ruta de atención

¿Cómo se realiza?

  1. 01

    Identificar ambos inmuebles y las contraprestaciones en dinero o especie

  2. 02

    Revisar títulos, titulares, gravámenes y régimen matrimonial de ambas partes

  3. 03

    Integrar certificados, avalúos y análisis fiscal de cada transmisión

  4. 04

    Otorgar el contrato en la forma inmobiliaria aplicable

  5. 05

    Presentar inscripciones y actualizar antecedentes de cada inmueble

Preguntas frecuentes

Dudas sobre permuta de inmuebles.

Respuestas prácticas para preparar tu solicitud. La revisión del expediente determinará lo aplicable a tu caso.

¿Una permuta evita impuestos?

No. Cada transmisión debe analizarse fiscalmente; intercambiar inmuebles no elimina por sí mismo impuestos o gastos.

¿Qué determina el costo y el plazo?

El alcance, documentos, participantes, autorizaciones y trámites posteriores. Se confirma después de revisar el expediente; no hay un plazo o precio único.

¿Qué pasa si parte del pago es dinero?

El artículo 1399 distingue venta y permuta según el valor relativo del dinero y del otro bien. La notaría revisa las contraprestaciones para identificar correctamente el contrato; no basta con llamarlo permuta.

¿Debe revisarse la situación de los dos inmuebles?

Sí. Cada parte transmite un bien, por lo que deben comprobarse propiedad, facultades, cargas y documentos de ambos, y precisarse cualquier diferencia de valor.

Fuentes oficiales

Consulta el fundamento y los trámites aplicables.

Revisión documental: 12 de octubre de 2026. La lista inicial ayuda a preparar el expediente; los requisitos y el alcance se confirman con los documentos del caso.

Atención según tu caso

Solicita información sobre este servicio.

Responde tres preguntas breves para que la notaría reciba el contexto principal de tu solicitud.