Entregar un bien para liquidar total o parcialmente una deuda.

Servicio notarial
Dación en pago en Progreso, Yucatán
Entregar un bien para liquidar total o parcialmente una deuda. Consulta la documentación inicial y la procedencia de la intervención notarial.
En qué consiste
Una ruta clara para alcanzar tu objetivo.
El acreedor debe aceptar la entrega. El instrumento debe identificar la obligación, el bien, el valor acordado y si queda un saldo pendiente.
El alcance y la documentación se determinan por el acto que se pretende formalizar y sus antecedentes. Consulta las fuentes oficiales al final de esta página.
Entregar un bien para liquidar total o parcialmente una deuda.
Cuándo puede ayudarte
Este servicio puede ser adecuado si…
Personas o representantes que necesitan revisar los antecedentes antes de iniciar
Alcance del servicio
Qué comprende este servicio.
Revisión del caso
El acreedor debe aceptar la entrega. El instrumento debe identificar la obligación, el bien, el valor acordado y si queda un saldo pendiente.
Integración documental
Documento de la deuda, saldo y condiciones aceptadas por el acreedor
Definición de la vía
Se confirma el alcance notarial, las autorizaciones y los trámites que correspondan al caso.
Documentación inicial
¿Qué se necesita?
La lista definitiva se confirma después de revisar el caso. Estos son los documentos e información que normalmente permiten iniciar la integración:
Documentación inicial para este trámite
- Identificación oficial vigente de comparecientes y, en su caso, poderes y documentos corporativos que acrediten representación
- Título o antecedente de propiedad y datos de inscripción o folio del inmueble
- Información catastral y plano; predial y agua o constancias que correspondan al municipio
- Estado civil y régimen matrimonial del propietario; actas cuando sean necesarias
- RFC, CURP y documentación fiscal o de beneficiario controlador cuando resulte aplicable
- Documento de la deuda, saldo y condiciones aceptadas por el acreedor
Ruta de atención
¿Cómo se realiza?
- 01
Identificar obligación, saldo, acreedor y bien ofrecido
- 02
Confirmar aceptación y si el pago será total o parcial
- 03
Revisar titularidad, gravámenes, representación y efectos fiscales
- 04
Formalizar la transmisión y la extinción o saldo de la deuda en términos claros
- 05
Inscribir el inmueble y atender las garantías que deban cancelarse
Preguntas frecuentes
Dudas sobre dación en pago.
Respuestas prácticas para preparar tu solicitud. La revisión del expediente determinará lo aplicable a tu caso.
¿La entrega extingue toda la deuda?
Depende de lo pactado. Debe precisarse si el pago es total o parcial y qué sucede con intereses y garantías.
¿Qué determina el costo y el plazo?
El alcance, documentos, participantes, autorizaciones y trámites posteriores. Se confirma después de revisar el expediente; no hay un plazo o precio único.
¿Puedo imponer al acreedor recibir mi inmueble?
No se presume aceptación. Debe existir acuerdo sobre el bien y el efecto liberatorio; la entrega de un bien distinto no sustituye unilateralmente lo debido.
¿Qué sucede si el acreedor pierde el bien por evicción?
El artículo 1268 prevé que renace la obligación original y queda sin efecto la dación si el acreedor sufre evicción del bien recibido. Deben revisarse título y riesgos antes de formalizar.
Fuentes oficiales
Consulta el fundamento y los trámites aplicables.
Revisión documental: 12 de octubre de 2026. La lista inicial ayuda a preparar el expediente; los requisitos y el alcance se confirman con los documentos del caso.
- Código Civil del Estado de Yucatán
Artículo 1268: recepción de cosa distinta y efectos de la evicción; forma inmobiliaria y registro
- Ley del Notariado del Estado de Yucatán
Artículos 49, 102 y 107
Atención según tu caso
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